Friday, August 24, 2012

Las dos varas de medir una misma justicia: Ángel Carromero vs. Tte. Coronel Filiberto Hernández Ruiz

Las dos varas de medir una misma justicia: Ángel Carromero vs. Tte.
Coronel Filiberto Hernández Ruiz
[24-08-2012]
Lcdo. Sergio Ramos

(www.miscelaneasdecuba.net).- En breve el gobierno cubano empezará el
juicio contra el ciudadano español Ángel Carromero acusado por la muerte
de los opositores Oswaldo Paya Sardiñas y Harold Cepero ocurrida en un
accidente automovilístico en Bayamo, Cuba el pasado 22 de Julio. Se le
acusa de homicidio y se le pide la pena de 7 años de cárcel. La mínima
que establece para ese delito el artículo 261 del Código Penal de Cuba.

Las causas del accidente no están claras. La viuda e hija de Paya
insisten en que la versión del gobierno no se ajusta a la verdad y que
hubo mano criminal, ya que ellos fueron premeditadamente impactados por
un vehiculo de los organismos policiales de Cuba que los estaba
siguiendo, y en consecuencia, exigen una investigación imparcial por
organismos internacionales a lo que el régimen de La Habana se niega. Un
reclamo que ha sido secundado por organizaciones de derechos humanos en
diversas partes del mundo.

Carromero, quien es dirigente de las juventudes del Partido Popular
español, junto al ciudadano sueco Jens Aron Modig acompañaban a Paya y a
Cepero con el propósito de apoyar la oposición pacífica cubana.

Tanto Carromero como Modig fueron sometidos a intensos interrogatorios
por parte de las autoridades policíacas cubanas. A Modig lo liberaron y
salió del país bajo un código de mordaza, aparentemente voluntaria, para
no perjudicar a su compañero de viaje; pero a Carromero, quien conducía
el auto, se le dejó detenido en Cuba sujeto a una serie de
interrogatorios por parte de la policía cubana, en un país donde las
garantías procesales y el respeto a los derechos humanos de los
detenidos son altamente cuestionables.

El propósito de tales interrogatorios muchas veces no están orientados
tanto en la búsqueda de la verdad, como en forzar al detenido a firmar
una declaración que exprese lo que los agentes policiacos quieren que
diga, y no la realidad de los hechos. Para ello, es frecuente el uso de
presiones indebidas, como el chantaje, las torturas sicológicas y hasta
las físicas. Estos métodos han sido evidenciados como procedimiento
rutinario por innumerables testimonios de expresos en cárceles cubanas
ante organismos internacionales de derechos humanos.

En el caso Carromero, el gobierno cubano tiene un interés en cuanto a su
política exterior. Se trata de las relaciones entre España y Cuba ante
el escenario de un partido de derecha gobernando en la Moncloa. De ese
modo Carromero se convierte además en una carta de negociación para el
gobierno cubano. A este respecto ya hay conversaciones entre ambas
cancillerías.

Al ser sometido al procedimiento judicial, Carromero se topa con un
sistema jurídico que no garantiza la pureza de los procedimientos y
donde las garantías de los acusados son mínimas. Es un sistema judicial
donde no existe la separación de poderes y está sujeto a los dictámenes
del ejecutivo. Es común que antes que empiece el juicio, la sentencia
esté pre-fijada desde el ejecutivo, sobre todo en casos que revisten,
como éste, el interés político del régimen.

Las defensas no suelen ser independientes del Estado, puesto que los
bufetes colectivos lo componen letrados empleados del estado bajo el
Ministerio de Justicia, el mismo bajo el cual están los fiscales a cargo
del proceso acusatorio. El conflicto de intereses es obvio. La garantía
de transparencia e imparcialidad en el juicio es cuestionable. La
sentencia será la que entienda el Consejo de Estado que es la mas
conveniente para sus fines políticos.

Llama la atención el corto tiempo que el gobierno cubano ha tomado entre
el hecho y el juicio (menos de dos meses) cuando en Cuba hay crímenes
que nunca se juzgan.

El teniente coronel del MININT Filiberto Hernández Ruiz es uno de esos
casos. Entre el 3 de diciembre de 2009 al 23 de febrero de 2010 fue jefe
de la prisión de Kilo 8 en la provincia de Camagüey, Cuba. Por aquel
entonces se encontraba en huelga de hambre el preso de conciencia
Orlando Zapata Tamayo. Un joven albañil opositor al régimen dictatorial
de Cuba. Por órdenes expresas del coronel Ruiz se le privó de lo único
que ingería: El agua. Así estuvo por 18 días hasta que su gravedad lo
llevó finalmente a la muerte el 23 de febrero de 2010.

A pesar de las innumerables denuncias por parte de la oposición y de
organismos internacionales de derechos humanos reclamando justicia ante
este vil asesinato de un opositor pacifico, el régimen cubano ha hecho
caso omiso, y ocultó los hechos e ignoró el deber del estado de hacer
justicia. El teniente coronel sigue campeando por su respeto, y la
justicia burlada, en lo que a las claras es un asesinato tipificado en
el articulo 263 del Código Penal de Cuba con los agravantes de haberse
perpetrado en una persona incapaz de defenderse ( Inciso c) , que
aumentó el sufrimiento de la víctima ( Inciso ch), obrada con
premeditación ( Inciso d) , facilitando el hecho y ocultarlo ( Inciso f)
y obrar con sadismo y brutal perversidad ( Inciso g). El crimen sigue
sin castigo, y la victima sin justicia. Y Orlando Zapata no es el único
caso, se nos pierde en el infinito la lista. (Remolcador 13 de Marzo,
José Wilfredo Soto, Pedro Luís Boitel, Wilman Villar…..)

La diferencia es que en el primero es un extranjero que apoya la lucha
por los derechos humanos del pueblo cubano, en el segundo es el alto
oficial penitenciario del régimen que defiende a muerte y causando
muerte, el sistema dictatorial cubano.

Son dos varas distintas con lo que la mal llamada "justicia" cubana,
mide a los responsables de crímenes, donde en el fondo sólo impera sobre
la ley, el capricho; sobre la justicia, el interés; sobre la
imparcialidad, la afiliación política.

Por eso, ante esta falta de garantías procesales, de irrespetuosidad
para la vida y de desprecio a los derechos humanos que tiene el régimen
dictatorial cubano, no dudamos que en el caso Carromero esté muy latente
el elemento de ocultación de verdades, por medio de la fabricación de
pruebas conducentes a la inculpación de un inocente, cuyo único "delito"
fue apoyar el reclamo de libertad de un pueblo oprimido.

http://www.miscelaneasdecuba.net/web/article.asp?artID=36876

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