Friday, July 12, 2013

Problemas menores

Problemas menores
JUEVES, 11 DE JULIO DE 2013 11:27
ESCRITO POR WILFREDO VALLÍN ALMEIDA

Cuba actualidad, La Víbora, La Habana, (PD) Por el Decreto-Ley No.310,
modificativo del actual Código Penal, en su artículo 2 se reformula el
inciso b) del apartado 3 del artículo 43 del Código que, a partir de
ahora, quedará redactado de la siguiente forma:

"La sanción de comiso consiste en desposeer al sancionado de los bienes
u objetos que sirvieron o estaban destinados a servir para la
perpetración del delito y los provenientes directa o indirectamente del
mismo, así como los de uso, tenencia o comercio ilícito que le hubieran
sido ocupados.

En cuanto al destino de los bienes decomisados, se seguirán las reglas
siguientes:

b) en los demás casos, a dichos bienes se les dará el destino más útil
desde el punto de vista económico-social, estando obligada la entidad
que lo comercialice a abonar el importe correspondiente al Presupuesto
del Estado, con excepción de los bienes que por su naturaleza, no
proceda efectuar su venta o sean destinadas a instituciones de la defensa."

Todo lo anterior parece estar muy bien, no obstante hay algunos "pero"...

Hasta donde sabemos, los objetos ocupados por la policía en un registro
siempre están destinados a ser presentados posteriormente y como medios
de prueba, en el desarrollo del juicio oral que se seguirá al acusado.

La última palabra sobre los objetos ocupados (si en efecto esos objetos
estaban destinados a la perpetración de delito o eran de tenencia o
comercio ilícito) deberá pronunciarla el tribunal competente y nunca los
agentes de la ley.

El camino que seguirán esos objetos finalmente, también es de la
absoluta competencia del tribunal y los ocupantes de los mismos no
decidirán nunca per se sobre su destino.

Sin embargo, conocemos de casos -más de los que deseáramos- en que lo
ocupado por la policía nunca fue presentado en el juicio, ni devuelto a
sus legítimos dueños, ni tampoco entregado a la Caja de Resarcimiento
"el valor en que hayan sido tasados..." , como decía el artículo antes
de ser modificado.

Y, ya que mencionamos a la Caja de Resarcimiento: personas que deben
cobrar de ella nos dicen que la Caja les ha informado que no tiene
dinero para pagar... ¿Hasta cuándo? Nadie parece saberlo.

En caso de dudas, le sugiero que lea el artículo titulado "Espera
sentado" y que apareció en el blog de la Asociación Jurídica Cubana.

De todas maneras, lo anterior no es muy importante: se trata sólo de...
problemas menores.

Para Cuba actualidad: vallinwilfredo@yahoo.com

Source: "Problemas menores | Cuba noticias actualidad.Periodismo
independiente." -
http://www.primaveradigital.org/primavera/cuba-sociedad/la-consulta/7983-problemas-menores.html

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