Wednesday, August 22, 2012

Familiares de rastafari condenado en espera de respuesta a la apelación

Familiares de rastafari condenado en espera de respuesta a la apelación
Miércoles, 22 de Agosto de 2012 00:28
Escrito por Yaremis Flores Marín

Cuba actualidad, Alamar, La Habana, (PD) A inicios del pasado mes,
Suraima, esposa del sacerdote rastafari Héctor Riscart Mustelier, apeló
la decisión del Tribunal Provincial de La Habana, que lo condenó a diez
años de prisión por tráfico de drogas y resistencia a agentes de la
autoridad.

El pasado 13 de abril la Sala de Delitos contra la Seguridad del Estado
juzgó a puertas cerradas a Riscart Mustelier, quien fue arrestado el 16
de noviembre del 2011, en las afueras del cabaret donde se presentó el
grupo musical bajo su dirección.
Por regla general, los juicios en Cuba son públicos. La excepción debe
aplicarse cuando razones de índole moral, seguridad estatal y orden
público lo aconsejen. En este caso, los órganos de justicia escaparon
del control ciudadano y solo pudimos ver el juicio cuatro familiares y
quien reporta.

Los jueces de la Sala de Delitos contra la Seguridad del Estado del
Tribunal Provincial de La Habana se trasladaron a la instancia municipal
ubicada en la calle Juan Delgado, en Diez de Octubre, para celebrar el
juicio, sin comunicar el motivo del carácter secreto de este proceso.

Suraima, esposa de Héctor -también conocido por Ñaño- señaló que al
menos la declaración de uno de los testigos clave de la acusación, fue
manipulada. "Cuando vimos el expediente por primera vez, Ernesto
Martínez, policía, dijo que no se encontraba de servicio el día de los
hechos, pero vio una actividad sospechosa". Según ella, esa declaración
desapareció. "Ahora consta otra en la cual Ernesto dice todo lo
contrario, con detalles".

La esposa de Ñaño aseveró que un agente de la Dirección Nacional
Antidroga de otro municipio afirmó que su esposo estaba controlado por
sospecha de tenencia de marihuana. "Me entrevisté con el Jefe de Sector
de la Policía, y me confirmó que Ñaño no estaba en su lista de casos
antisociales. ¿Cómo es posible que él no conozca un supuesto
'controlado' por droga?", cuestionó.

Dicho agente, llamado Yoandris Solón Hidalgo, aseguró en el juicio –y
nadie me lo contó pues estuve presente- que Ñaño vendía droga desde
julio del 2011 en la vía pública, discotecas y en su casa. En ese
momento la Juez Ponente, Alicia Valle, le preguntó que por qué nunca
había sido detenido infraganti. "Nunca se dieron las circunstancias
precisas" fue su respuesta. No obstante, esa declaración fue tenida en
cuenta por los jueces para la condena.

La principal contradicción del juicio versó en la ocupación de la droga.
Los policías actuantes aseguraron que Riscart Mustelier la ocultaba en
su larga cabellera, y al quitarse el turbante, se descubrió la marihuan.
Héctor niega la versión policial. Dos de los integrantes del grupo
musical que se encontraban presentes el día de los hechos alegaron que
el turbante se había caído al piso y no vieron ningún envoltorio.

Lastimosamente, las cámaras de vigilancia de la zona no funcionaron esa
noche, según las autoridades. El órgano encargado de la investigación no
realizó una prueba de olor a la droga ocupada, a fin de refutar lo
denunciado por los guardias y presumir la inocencia del inculpado. Esto
tampoco será posible en otro estado del proceso legal, pues la prueba
del delito se incineró.

No obstante, los magistrados en su sentencia 227 del 2012, respaldaron
el dicho de los uniformados, y rechazaron a los que declararon a favor
de Ñaño, por estar "parcializados". Mientras que "los policías no tenían
motivación alguna para tratar de inculpar a Héctor Riscart por algo que
no sucedió".

"No estamos en presencia de una persona de conducta social intachable
que diera lugar a la duda en cuanto a lo allí acontecido" consignaron
los jueces en la sentencia. Quizá por ese mismo motivo ignoraron la
golpiza recibida por Ñaño de parte de los guardias, según los dos
testigos supuestamente parcializados.

Es una práctica frecuente que los jueces en Cuba, bajo la facultad legal
de valorar "libremente" la prueba, estimen y desestimen a su antojo la
evidencia en un juicio determinado. Resulta que en ciertos procesos
legales, cuando alguien declara a favor del acusado, el Tribunal no da
crédito de esas declaraciones justificando que por vínculos de amistad
no son veraces. Los jueces no suelen valorar las declaraciones de
familiares y amigos del acusado, pues de antemano consideran que solo lo
beneficiarán.

Los "testimonios de peso" en un juicio penal en la isla, son los
provenientes de uniformados, militantes del Partido Comunista de Cuba y
presidentes de los Comités de Defensa de la Revolución. Sin pensar que
detrás del carné o del uniforme, son personas que también mienten,
guiados por distintos motivos.

El juicio es un mero trámite con sentencia anticipada. Está en crisis el
principio de inocencia del acusado y más aún si está en su contra la
declaración de uno de los antes aludidos. Aunque no exista ninguna otra
prueba que corrobore su dicho y una decena de testigos declaren lo
contrario, los jueces -por lo general- darán valor a la declaración del
policía.

Se desconoce la fecha exacta en que el Tribunal resolverá el recurso de
casación (apelación de sentencias de Tribunales Provinciales). Pues
aunque existe un término establecido por ley, este es frecuentemente
violentado. Los familiares de Riscart Mustelier esperaron casi tres
meses para conocer el fallo del Tribunal. La justificación: "exceso de
trabajo".

Según el texto constitucional, los jueces imparten justicia en nombre
del pueblo de Cuba, son independientes y solo deben obediencia a la ley.


Para Cuba actualidad: yaremisflorez@gmail.com

http://primaveradigital.org/primavera/cuba-sociedad/sociedad/4991-familiares-de-rastafari-condenado-en-espera-de-respuesta-a-la-apelacion.html

No comments:

Post a Comment